A fin de agilizar el reempadronamiento de jugadores, y brindar una mayor amplitud horaria para cumplimentar el trámite, el Comité Ejecutivo de la Asociación Rosarina de Fútbol ha dispuesto, tras su reunión del jueves 4 de agosto, habilitar dos nuevas maneras de llevar a cabo el mismo. Ingresá a esta nota y enterate cuáles son.
Primeramente se había informado que en la sede de los Tribunales Provinciales se realizaría la certificación de firmas que se exigen en el formulario entregado a los clubes. Esa posibilidad sigue vigente. Sin embargo, ahora se sumaron dos nuevas maneras de formalizar el trámite. Por un lado, estará la posibilidad de que quien acredite las firmas sea un Escribano Público, y por otro, se podrá hacerlo en la sede de la Asociación Rosarina de Fútbol.
Para tal tarea se habilitarán varios boxes de atención al público, los cuales estarán disponibles de lunes a viernes en el horario de 15 a 21. Para este 8 de agosto, día en el que entrarán en funcionamiento, se recomienda que sean los jugadores de las categorías de Fútbol Infantil los que concurran, pues la prioridad que el Comité Ejecutivo ha planteado, es que sea ese torneo el primero en regularizar sus equipos.
Las exigencias para aquellos que concurran a la sede de calle San Lorenzo 848, serán las mismas que se requieren en los Tribunales Provinciales. Es decir, los formularios deberán ser presentados teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
a) Todos los formularios deberán estar integrados en forma completa, con los datos solicitados en los mismos.
b) Todos los formularios deberán contar con las firmas y sellos aclaratorios de Presidente y Secretario, así como también el sello de la Institución en el lugar destinado a tal efecto.
c) Los jugadores mayores de 18 años deberán concurrir munidos de su DNI. y fotocopia del mismo.
d) Los jugadores menores de 18 años al momento de realizar el reempadronamiento deberán presentar la siguiente documentación:
d1) Documento Nacional de Identidad (DNI) de ambos progenitores/tutor y/o responsable.
d2) Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI del jugador (no es necesaria su legalización).
d3) Fotocopia de la Partida de nacimiento (no es necesaria su legalización).
d4) En caso que el jugador tenga fallecido a alguno de sus padres, copia del certificado de defunción.
d5) En caso de ausencia de alguno de los padres del jugador, copia de la resolución judicial donde conste la tenencia o guarda del menor.
Se recuerda que el reempadronamiento comprenderá solamente a los jugadores registrados en sus clubes antes del 31/12/2010. Para casos de jugadores cuyos padres se encuentren radicados fuera de la ciudad de Rosario, la certificación de firmas deberá ser realizada por el Juzgado de Paz o Tribunal de su jurisdicción.
Toda documentación que se presente y no se ajuste a lo expresado precedentemente, será pasible de devolución a las instituciones afiliadas, por lo que el reempadronamiento del jugador quedará sin efecto.
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