La Federación Internacional del Fútbol Asociado (FIFA), exigirá el certificado de Transferencia internacional a partir de los 10 años de edad, y no de los 12, como venía ocurriendo hasta ahora.
Cuando un futbolista está registrado en una Asociación a nombre de un club y pretende el traspaso a otro club afiliado a una asociación distinta, se necesita indefectiblemente la tramitación del Certificado de Transferencia Internacional (CTI) a través del Sistema de Correlación de Transferencias, conocido como Transfer Matching System (TMS por sus siglas en inglés).
Para que un jugador pueda inscribirse en la nueva Asociación y estar habilitado para disputar partidos oficiales con su nuevo club, la anterior Asociación debe remitir el correspondiente CTI o transfer internacional, que la Asociación de destino deberá solicitar como máximo el último día de su período de inscripción.
Mediante la Circular Nº 1468 de fecha 23 de enero de 2015, la FIFA comunicó la reforma del artículo 9, apdo. 4, del RETJ, que entrará en vigor el primero de marzo de 2015 y que consiste en reducir de 12 a 10 años la edad a partir de la cual se exigirá el CTI.
Consecuentemente, las Asociaciones nacionales de fútbol tendrán la obligación de presentar las solicitudes de aprobación de cualquier transferencia internacional de futbolistas menores de edad o de la primera inscripción de un jugador menor de edad extranjero, a la Subcomisión designada por la Comisión del Estatuto del Jugador, para todo futbolista a partir de la edad de 10 años.
Además, si las Asociaciones procuran inscribir a jugadores menores de 10 años, respecto a los cuales no necesitan tramitar ni la solicitud ante la Subcomisión ni el CTI, igualmente deberán asumir la responsabilidad de verificar y garantizar el cumplimiento de todos los requisitos plasmados en el artículo 19.2 del RETJ.
Si bien cualquier transferencia que tenga lugar antes de los 12 años de edad del jugador, no tiene efecto alguno en relación con las disposiciones del RETJ referidas a la indemnización por formación y al mecanismo de solidaridad, esta modificación reglamentaria responde a la necesidad de fortalecer el amparo de los jugadores menores de edad, debido al flagelo que significa la masiva migración de los niños desde sus clubes de origen (generalmente de países subdesarrollados), intentado cumplir el sueño de ser futbolistas profesionales.
Más aún si tenemos en cuenta el actual crecimiento de los traspasos internacionales de jugadores menores de 12 años.
Fuente: Iusport. Texto: Iván Palazzo, abogado especializado en Derecho del Fútbol.
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